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Capítulo 8. Gestión estatal de la seguridad operacional 8-7
análisis, pero para tales tipos de reglamentos basados en el rendimiento, la información necesaria está a menudo
disponible en otras fuentes. En este caso, tanto la autoridad como el explotador de servicios aéreos harían uso de los
datos de fabricantes de aeronaves para orientar su decisión, y no es necesario que el explotador de servicios aéreos
elabore su propia solución novedosa. Al redactar reglamentos basados en el rendimiento, los Estados deben tener en
cuenta la forma en que puede demostrarse el cumplimiento. Puede ser necesario que el Estado elabore textos de
orientación o medios aceptables de cumplimiento para apoyar la satisfacción del requisito por parte de la industria.
8.3.5.8 El siguiente es otro ejemplo de Norma basada en el rendimiento, extraído del Apéndice 2 del Anexo 19.
2.1.1 El proveedor de servicios definirá y mantendrá un proceso que garantice la
identificación de los peligros asociados a sus productos o servicios de aviación.
8.3.5.9 En el ejemplo anterior, aunque la norma exige que se implante un proceso para identificar peligros, no
especifica el aspecto de dicho proceso. Los Estados pueden permitir que los proveedores de servicios diseñen su
propia metodología. La función del reglamentador sería evaluar si la metodología, procesos y sistemas del proveedor
de servicios resultarían en verdad en la identificación de peligros. La autoridad también debería evaluar el rendimiento
del proceso de identificación de peligros del proveedor de servicios, por ejemplo, mediante la evaluación del volumen,
tipos e importancia de los peligros identificados. Los reglamentos basados en el rendimiento redactados de esta forma
requieren que los reglamentadores posean la pericia y la experiencia técnica para evaluar el rendimiento del sistema,
en vez de evaluar solamente el cumplimiento prescriptivo de la letra de los reglamentos. También se requieren más
recursos para la evaluación dado que la implementación sería diferente de un proveedor de servicios a otro.
Facilitación de opciones prescriptivas y basadas en el rendimiento
8.3.5.10 En algunos casos, los SARPS de la OACI requieren que se establezcan reglamentos de carácter
prescriptivo, y al mismo tiempo ofrecen a los Estados la opción de establecer reglamentos basados en el rendimiento
para apoyar otros medios de cumplimiento. Cuando los Estados establecen reglamentos prescriptivos y basados en el
rendimiento, los proveedores de servicios que no cuentan con conocimientos técnicos para elaborar su propio enfoque
a efectos de satisfacer los reglamentos basados en el rendimiento, pueden optar por cumplir los reglamentos
prescriptivos. Para aquellos proveedores de servicios que no cuentan con tales conocimientos, los reglamentos
resultantes les permitirán elaborar un medio de cumplimiento apropiado a sus propias operaciones, y pueden también
ofrecer la posibilidad de una mayor flexibilidad operacional y un uso más eficaz de los recursos. Las normas de gestión
de la fatiga, como las que figuran en el Anexo 6, Parte I, Enmienda 43, proporcionan un buen ejemplo de ello:
4.10.1 El Estado del explotador establecerá reglamentos para fines de gestión de la
fatiga. Estos reglamentos estarán basados en principios, conocimientos científicos y
experiencia operacional, y su propósito será garantizar que los miembros de la
tripulación de vuelo y de cabina estén desempeñándose con un nivel de alerta adecuado.
Por consiguiente, el Estado del explotador establecerá:
a) reglamentos prescriptivos relativos a limitaciones del tiempo de vuelo, período de
servicio de vuelo, períodos de servicio y de requisitos de períodos de descanso; y
b) reglamentos sobre Sistemas de gestión de riesgos asociados a la fatiga (FRMS),
cuando se autoriza al explotador para que utilice un FRMS con el fin de gestionar la
fatiga.
4.10.2 El Estado del explotador requerirá que el explotador, conforme a 4.10.1 y con
fines de gestión de sus riesgos de seguridad operacional relacionados con la fatiga,
establezca:

