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8-12 Manual de gestión de la seguridad operacional (SMM)
8.3.6.21 A nivel regional, los grupos regionales de seguridad operacional de la aviación (RASG) coordinan el
proceso de planificación. Las iniciativas regionales y nacionales de mejoramiento de la seguridad operacional (SEI)
deberían adaptarse sobre la base de los problemas enfrentados por los Estados en cuestión. El plan nacional de
seguridad operacional de la aviación presenta la dirección estratégica para la gestión de la seguridad operacional de la
aviación a nivel nacional, por un período de tiempo establecido (p. ej., a lo largo de los próximos cinco años). En él se
señalan a todos los interesados aquellos sectores en que las autoridades aeronáuticas del Estado deberían dedicar
recursos en los años venideros.
8.3.6.22 Un plan nacional de seguridad operacional de la aviación permite al Estado comunicar claramente su
estrategia para mejorar la seguridad operacional a nivel nacional a todas las partes interesadas, incluyendo otras
instituciones gubernamentales y el público viajero. Proporciona un medio transparente para revelar la forma en que las
CAA y otras entidades involucradas en la aviación civil trabajarán para identificar peligros y gestionar los riesgos de
seguridad operacional y otros problemas en esa materia. También ilustra la forma en que las SEI planificadas ayudarán
al Estado a lograr los objetivos establecidos. El plan nacional de seguridad operacional de la aviación subraya el
compromiso del Estado respecto de dicha seguridad.
8.3.6.23 Cada Estado debería producir un plan nacional de seguridad de la aviación. Si un Estado ya cuenta con
un SSP implantado, el plan nacional de seguridad operacional de la aviación podría abordarse por el Componente 1:
Política, objetivos y recursos estatales de seguridad operacional. El plan nacional de seguridad operacional de la
aviación puede publicarse como documento de alto nivel independiente para facilitar la comunicación con el público y
otras entidades externas a la CAA.
Documentación del SSP
8.3.6.24 El Estado debería describir su SSP en un documento para asegurar que todo el personal pertinente tiene
una comprensión común. El documento debería incluir su estructura y programas conexos, la forma en que sus
diversos componentes funcionan en conjunto, así como las funciones de las diferentes autoridades aeronáuticas del
Estado. Dicha documentación debería complementar los procesos y procedimientos existentes y describir en términos
generales la forma en que los diversos subprogramas de SSP funcionan en conjunto para mejorar la seguridad
operacional. También pueden incluirse en documentos de apoyo referencias a las responsabilidades y obligaciones de
rendición de cuentas de las autoridades en materia de seguridad operacional. El Estado debería elegir el medio de
documentación y difusión que se adapte mejor a su entorno, por ejemplo, un documento físico o un sitio web
adecuadamente controlado. Independientemente del canal de comunicación elegido, el objetivo es facilitar la
comprensión común del SSP por parte de todo el personal pertinente.
8.3.7 Personal técnico cualificado
8.3.7.1 En el Doc 9734, Parte A figura orientación sobre el personal técnico cualificado que desempeña funciones
relacionadas con la seguridad operacional (CE-4).
Orientación general
8.3.7.2 Los Estados deberán identificar y tratar las competencias requeridas para la eficaz implementación del
SSP, teniendo en cuenta las funciones y responsabilidades desempeñadas por su personal en el marco del SSP. Estas
competencias se añaden a las requeridas para la vigilancia del cumplimiento y pueden tratarse mediante la instrucción
del personal existente o la contratación de personal adicional. Estas competencias comprenden, entre otras, las
siguientes:
a) aptitud para el liderazgo mejorada;
b) comprensión de los procesos empresariales;

