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Capítulo 8.    Gestión estatal de la seguridad operacional                                   8-15


                         a)  exigir que sus proveedores de servicios implementen SMS para gestionar y mejorar la seguridad de
                             sus actividades relacionadas con la aviación;

                         b)  establecer medios para determinar si la SRM de los proveedores de servicios es aceptable; y

                         c)  examinar el SMS del proveedor de servicios y asegurar que permanece siendo eficaz.

              8.4.2      El componente estatal de la SRM comprende la implementación de SMS por los proveedores de servicios,
              incluyendo procesos de identificación de peligros y gestión de riesgos de seguridad operacional conexos.

              8.4.3      Los  Estados  deberían  aplicar  también  los  principios  de  la  SRM  a  sus  propias  actividades.  Estas
              comprenden la elaboración de reglamentos y la priorización de actividades de vigilancia basadas en riesgos evaluados.

              8.4.4      Con  frecuencia,  los  proveedores  de  servicios  y  reglamentadores  no  prestan  la  debida  atención  a  los
              riesgos de seguridad operacional inducidos a través de interfaces con otras entidades. La interfaz entre el SSP y los
              SMS  puede  plantear  un  reto  particular  para  los  Estados  y  proveedores  de  servicios.  El  Estado  debería  considerar
              destacar la importancia de la gestión de riesgos de la interfaz SMS a través de sus reglamentos y orientación de apoyo.
              Entre los ejemplos de riesgos de interfaz figuran los siguientes:

                         a)  Dependencia — la organización A depende de la organización B para proporcionar bienes o servicios.
                             La  organización  B  no  tiene  en  claro  las  expectativas  y  la  dependencia  de  la  organización  A  y  no
                             proporciona dichos elementos.

                         b)  Control — las organizaciones en interfaz a menudo tienen un control mínimo de la calidad o eficacia
                             de las organizaciones involucradas.

              8.4.5      En estos dos ejemplos, la gestión de los riesgos de interfaz pueden poner de relieve el riesgo, aclarar las
              expectativas mutuas y mitigar las consecuencias no deseadas mediante verificaciones mutuamente convenidas de los
              límites pertinentes. En el Capítulo 2 figura información adicional sobre las interfaces entre proveedores de servicios.


                    8.4.6    Obligaciones de otorgamiento de licencias, certificaciones, autorizaciones y aprobaciones

              8.4.6.1    En  el  Doc 9734,  Parte  A,  figura  orientación  sobre  obligaciones  de  otorgamiento  de  licencias,
              certificaciones, autorizaciones y aprobaciones (CE-6).

              8.4.6.2    Las  obligaciones  de  otorgamiento  de  licencias,  certificaciones,  autorizaciones  y  aprobaciones  son
              componentes  importantes  de  la  estrategia  estatal  de  control  de  riesgo  de  seguridad  operacional.  Estas  brindan  al
              Estado garantías de que los proveedores de servicios y otras organizaciones representativas de la industria pertinentes
              han alcanzado las normas requeridas para operar dentro del sistema aeronáutico en condiciones de seguridad. Algunos
              Estados han establecido reglamentos de explotación comunes para facilitar el reconocimiento o aceptación de licencias,
              certificados,  autorizaciones  y  aprobaciones  expedidas  por  otros  Estados.  Dichos  arreglos  no  eximen  al  Estado  del
              cumplimiento de sus obligaciones en el marco del Convenio de Chicago.


                               8.4.7    Obligaciones del sistema de gestión de la seguridad operacional

              Requisitos normativos del SMS

              8.4.7.1    Con  arreglo  al  Anexo  19,  los  Estados  exigirán  que  los  proveedores  de  servicios  y  explotadores  de  la
              aviación general internacional implanten un SMS. Los requisitos se refieren al marco para un SMS que figura en el
              Anexo 19, Apéndice 2 y en la orientación de apoyo presentada en el Capítulo 9 de este manual. La forma en que dichos
              requisitos son establecidos dependerá del marco normativo del Estado.
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