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7-6                                                  Manual de gestión de la seguridad operacional (SMM)


                         b)  hay  circunstancias  bajo  las  cuales  el  Anexo  6  o  el  Anexo  13  tendrían  precedencia  respecto  del
                             Anexo 19; y

                         c)  se aplica un principio de excepción.


                       7.4.2    Medidas necesarias para mantener o mejorar la seguridad operacional de la aviación

              7.4.2.1    En el Anexo 19 se asegura que no se impedirá que los Estados y proveedores de servicios utilicen los
              datos  e  información  sobre  seguridad  operacional  para  tomar  medidas  de  carácter  preventivo,  correctivo  o  de
              rectificación que sean necesarias para mantener o mejorar la seguridad operacional de la aviación. De acuerdo con
              dicho  objetivo,  dichas  medidas,  si  se  adoptan,  deberían  evitar  en  lo  posible  que  tengan  consecuencias  adversas,
              financieras,  para  la  reputación  o  de  otros  tipos  para  la  fuente  de  dichos  datos  o  información  sobre  seguridad
              operacional.

              7.4.2.2    Las  medidas  de  carácter  preventivo,  correctivo  o  de  rectificación  se  dirigen  a  abordar  circunstancias  o
              condiciones que presenten riesgos inaceptables para la seguridad operacional de la aviación.

              7.4.2.3    Las medidas preventivas son aquellas adoptadas para prevenir que ocurran o vuelvan a ocurrir sucesos o
              peligros que planteen riesgos para la seguridad operacional.

              7.4.2.4    Las medidas  correctivas  son  aquellas  adoptadas  para  abordar  carencias  o  deficiencias  particulares
              relacionadas  con  la  seguridad  operacional,  como  el  caso  en  que  un  titular  de  autorización  no  pueda  demostrar  el
              cumplimiento de las normas aplicables de seguridad operacional o competencia. Las medidas correctivas pueden ser
              necesarias para hacer que el titular de una autorización cumpla dichas normas.

              7.4.2.5    Las medidas de rectificación son aquellas adoptadas para abordar las causas subyacentes de carencias o
              deficiencias  particulares  relacionadas  con  la  seguridad  operacional,  como  en  la  instrucción.  Las  medidas  de
              rectificación también pueden involucrar la restricción, limitación, suspensión o revocación de los privilegios de un titular
              de autorización, certificado o licencia que no continúe satisfaciendo las cualificaciones necesarias para ejercer dichos
              privilegios.

              7.4.2.6   Aunque pueden especificarse para uno u otro fin, dichas medidas pueden aplicarse a más de un propósito.
              Por ejemplo, un reglamentador o proveedor de servicios puede adoptar medidas que exijan que el titular de una licencia
              o certificado reciba instrucción adicional y que se abstenga de ejercer los privilegios de dicha licencia o certificado hasta
              haber completado satisfactoriamente dicha instrucción. Un reglamentador también puede adoptar medidas para revocar,
              retirar  o  suspender  determinados  privilegios  del  certificado  de  una  organización.  Tales  medidas,  si  bien  son  de
              rectificación porque abordan las causas subyacentes de un problema de seguridad operacional, pueden considerarse
              también como correctivas debido a que tratan una deficiencia particular. Cualquiera sea la caracterización de la medida
              adoptada, debería existir una relación clara y demostrable entre la medida particular adoptada y el mantenimiento o
              mejora de la seguridad operacional.

              7.4.2.7    Los datos o información sobre seguridad operacional pueden revelar peligros o deficiencias que requieran
              medidas  de  rectificación  o  correctivas  para  mantener  la  seguridad  operacional  o  identificar  sectores  en  los  que  la
              adopción de medidas preventivas mejorarían la seguridad operacional abordando riesgos posibles o emergentes. Para
              poner en evidencia la condición o peligro subyacente que justifique la adopción de medidas preventivas, correctivas o
              de rectificación, los Estados pueden tener que utilizar datos o información sobre seguridad operacional. Por ejemplo, los
              datos  y  la  información  sobre  seguridad  operacional  pueden  ser  necesarios  para  establecer  la  base  de  una  medida
              administrativa  relativa  a  licencias  o  para  satisfacer  el  requisito  de  carga  de  la  prueba.  También,  los  datos  y  la
              información sobre seguridad operacional pueden ser necesarios para establecer la necesidad de instrucción adicional
              de un titular de licencia o de cambios en los sistemas de un explotador. También pueden ser necesarios para asegurar
              la integridad y el funcionamiento adecuado del sistema de notificación así como del sistema más amplio del que éste
              forma parte.
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